“Nos mudamos de casa”.
La próxima semana nos mudamos de casa, trasladamos nuestro dominio a: http://contablis.com.ar/tributarius/muro… Estamos realizando los últimos ajustes… Los esperamos pronto por allá!
Tributarius.
La próxima semana nos mudamos de casa, trasladamos nuestro dominio a: http://contablis.com.ar/tributarius/muro… Estamos realizando los últimos ajustes… Los esperamos pronto por allá!
Tributarius.
Fuente:
AFIP (www.afip.gob.ar)
Link: http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/TrabaRelDep2903.asp
A partir del período devengado marzo –con vencimiento en abril/2012 - se modifican:
- el monto de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos y
- los topes mínimo y máximo para el cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional Argentino.
Las modificaciones responden a la ley de movilidad jubilatoria y también afectan el cálculo de las contribuciones patronales. Leer mas
Fuente:
Diario Infobae Profesional (www.iprofesional.com)
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tendrá la potestad de denunciar a los trabajadores autónomos por sus aportes impagos por tratarse de una evasión al sistema previsional en su conjunto.
La Justicia le otorgó esta facultad al ente recaudador tras declarar procedente su pretensión verificatoria que reclamó los pagos evadidos en un caso contra un trabajador autónomo. Según el criterio de los jueces, los aportes “no son el precio de la jubilación futura” del contribuyente sino “una obligación objetiva con el sistema previsional” cuyo fin es “financiar” a los “pasivos”.
La AFIP pone a disposición un nuevo aplicativo conjunto (versión 13) para la liquidación del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales de las personas físicas, que cuenta con las siguientes novedades:
-Se incorporaron en la pantalla “Datos de la DJ” los campos “1er. ejercicio fiscal”, “Ejercicio irregular”, “cantidad de meses”, “Último ejercicio fiscal por cese de actividades/sucesiones indivisas”.
- Se incorporaron en la pantalla “Bienes del País” los campos “Préstamos hipotecarios” e “Importe neto del inmueble”.
- Se incorporó en la pantalla “Detalle de donaciones en dinero o en especie”, un detalle de los distintos tipos de donación.
- Se incorporó en la pantalla “Participaciones Societarias” un detalle de actividades Principales y Secundarias y se habilitó una pantalla para detallar los Fideicomisos.
- Se eliminan los campos “Diferencia de Impuesto tablas art. 23 de la Ley /RG 2866″, “Saldo a Pagar” y “Saldo a favor del contribuyente incluido tablas art. 23 de la Ley/RG 2866″ en virtud de la publicación de la Ley N° 26731 que aprueba los valores de las deducciones personales para los períodos fiscales 2010 y 2011.
- Se actualizaron los importes de las deducciones personales del articulo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias para los períodos fiscales 2010 y 2011 y la deducción por Servicio Doméstico.
- Se incorporó en la pantalla “Detalle de Impuestos análogos pagados en el exterior” el campo “Concepto de la operación” para especificar la naturaleza de la renta por la cual se practicó la retención en el exterior.
- En el campo “Resultado Neto de 3ra Categoría” se desglosará la renta por País.
- En la pantalla “1ra. categoría” se incorporó el detalle de locatarios cuando el destino de los inmuebles sea alquiler.
- Se incorporó en la pantalla “Detalle de Impuestos análogos pagados en el exterior” de la Pantalla ” Determinación de Bienes Personales”, la pantalla “Pago a cuenta Art. 28 cont. – Decreto 127/96″ .
Para descargarlo hacer clic aquí: Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – Versión 13.
Tributarius.
Por RG (AFIP) 3286/12, se crea un Régimen de información para empresas promovidas: “Programa de Control Permanente”, en relación con los proyectos industriales alcanzados por el régimen especial de franquicias tributarias dispuesto por la ley 22021.
Entre sus principales características destacamos lo siguiente:
Fuente:
Diario Ámbito Financiero (www.ambito.com)
Link: http://www.ambito.com/noticia.asp?id=628469
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) creó una herramienta para fortalecer los controles integrales sobre el comercio exterior. Con el nuevo mecanismo, sólo percibirán los reintegros de exportación aquellos operadores que no tengan destinaciones en situación de ”incumplidos reportados” o “vencido sin cumplido reportado” por los bancos de seguimiento que intervengan en la operación comercial.
La medida se tomó a partir de que el organismo detectara que 99.295 destinaciones de exportación (correspondientes a más de 7.484 operadores), se encuentren, de acuerdo a los bancos de seguimiento, en calidad de “incumplidos reportados” o “vencidos sin cumplidos reportados”.
A través de la Resolución General (AFIP) 3257/12, el fisco nacional decidió extender la implementación de los Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) a todos los importadores:
Fuente:
AFIP (www.afip.gob.ar)
Link: http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/rg3255.asp
Mediante la Resolución General 3255 se establece como “Ventanilla Única Electrónica” el régimen de “Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI)”, a fin de generar un documento electrónico único y de uso común, que contiene la información anticipada y armonizada de las operaciones de comercio exterior.
Fuente:
www.afip.gov.ar
Link: http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/declarJuradaAnticipada.asp
Le informamos que en el Boletín Oficial del día 10 de Enero de 2012 fue publicada la Resolución General Nº 3252, en donde se establece que los importadores inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros” se encuentran alcanzados por el régimen de información, con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo, quienes en forma previa a la emisión de la Nota de Pedido, Orden de Compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compras en el exterior, deberán producir la información que se indicará próximamente en el micrositio “DECLARACION JURADA ANTICIPADA DE IMPORTACION (DJAI)”.
Fuente:
Diario Ámbito Financiero (www.ambito.com)
Link: http://www.ambito.com/diario/noticia.asp?id=618728
La AFIP prorrogará por otro año la obligación de inscribirse en el Registro de Operaciones Inmobiliarias (ROI) a quienes ofrecen propiedades en alquiler por más de $ 8.000 mensuales. La modificación de la entrada en vigencia se publicará esta semana en el Boletín Oficial (*) y se trata de una norma cuya aplicación ya se viene postergando por la complejidad que tiene implementarla. En el organismo que encabeza Ricardo Echegaray estiman que durante 2012, mientras se «pule» la medida, se capacitará al sector inmobiliario para agilizar la operatoria.